Comisión Permanente

Composición y funciones   

La Comisión Permanente de la COPREPA está integrada por la actual Presidenta de la Coprepa, por los dos Presidentes anteriores y por el Presidente del Parlamento de Canarias.

De este modo los miembros de la Comisión Permanente
de Coprepa 2011 son:

Excma. Sra. Presidenta del Parlamento de Navarra

D.ª Elena Torres Miranda.

En su condición de actual Presidenta de COPREPA
2011.

Excmo. Sr. Presidente de la Asamblea de Extremadura

 D. Juan Ramón Ferreira Díaz.

En su condición de Presidente de COPREPA
2010.

Excmo. Sr. Presidente de la Asamblea Regional de Murcia

D. Francisco Celdrán Vidal.

En su condición de Presidente de COPREPA
2009.

Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias

D. Antonio A. Castro Cordobez.


El Reglamento de COPREPA, con la finalidad de preservar el valor del pluralismo político y facilitar el consenso, adopta el principio “3 miembros + 3 partidos” siempre que ello sea posible.  Así, de modo potestativo permite las siguientes  reglas en la composición de la Permanente:

a) Cuando los tres miembros de la Permanente pertenezcan al mismo partido político podrán incorporarse a la misma hasta dos miembros más siempre que cada uno de ellos pertenezca a partidos distintos.

b) Cuando los miembros de la Permanente pertenezcan a dos partidos políticos podrá incorporarse a la misma otro miembro siempre que pertenezca a un partido político distinto de aquellos dos que ya cuentan con un representante en la Permanente.

En los supuestos a) y b) serán los Presidentes de los Parlamentos autonómicos pertenecientes a partidos que no cuentan con presencia en la Permanente los que deberán ponerse de acuerdo en la designación de aquél o de aquellos miembros que se incorporarán a la Permanente.

Por otro lado, el nuevo Reglamento determina que son funciones de la Comisión Permanente:

  • Tratar de aquellos asuntos propios de la COPREPA que por no admitir dilaciones deban ser abordados en el periodo interplenario.
  • Analizar los temas de la Permanente de la CALRE e intentar fijar posiciones comunes cuando el Plenario no pueda hacerlo.
  • Desarrollar, en su caso, las mismas funciones y en las mismas condiciones previstas en el apartado anterior en relación con la conferencia anual de la CALRE.
  • Colaborar con la Presidencia de la COPREPA en el desarrollo de sus funciones.
  • Resolver las dudas de procedimiento que puedan surgir en el transcurso del Plenario así como en lo que hace referencia a la organización de la COPREPA.

La Comisión Permanente se reúne, previa convocatoria del Presidente de la COPREPA, por propia iniciativa o a petición de dos de sus miembros.